
«Varios vocales plantearon que Clara Martínez de Careaga se debería abstener (por ser mujer de Cándido Conde-Pumpido, candidato a presidir el TC)»
Si la vocal Clara Martínez de Careaga (mujer de Cándido Conde-Pumpido) se hubiera abstenido (como se le solicitó) los vocales propuestos por los conservadores, hubieran conseguido su nombramiento por alcanzar con los 10 votos obtenidos , la necesaria mayoría cualificada. El pleno del CGPJ finalizó sin nombramientos.
Los vocales nombrados a propuesta del PP, votaron como candidatos al conservador César Tolosa y el progresista Pablo Lucas, que obtuvieron sólo 10 votos (de la necesaria mayoría cualificada de 11).
Pablo Lucas, a pesar de ser considerado progresista, no fue votado por los suyos por conocerse que no votaría para presidente del Consejo a Cándido Conde-Pumpido (como pretende el PSOE).
Antes, el vocal Enrique Lucas (nombrado a propuesta del PNV) se abstuvo por ser hermano de Pablo Lucas. El candidato votado por los vocales nombrados a propuesta del PSOE e IU, Jose Manuel Bandrés, consiguió sólo 7 votos.
El artículo 23.1 y 23.2 a y b, de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, indica que las autoridades y el personal al servicio de las administraciones, se deben abstener si (entre otras cosas) tienen un vínculo matrimonial (o situación de hecho asimilable) con cualquiera de los interesados, en un procedimiento determinado.
Varios vocales , apoyándose en lo anterior, plantearon que Clara Martínez de Careaga se debería abstener (por ser mujer de Cándido Conde-Pumpido, candidato a presidir el TC) pero ésta negó que concurrieran las circunstancias para abstenerse.
Según un artículo publicado por Angela Martialay en El Mundo de ayer martes 20-dic-2022.

