1 de mayo: Nada que celebrar. Réquiem por la Justicia Social. Por Diego Jesús Romero Salado.

Nada que celebrar. Réquiem por la Justicia Social.

«¿Qué celebramos hoy, estimados amigos y seguidores? ¿Cómo los españoles somos más pobres? ¿La desaparición de las clases medias?»

Estimados lectores y amigos, a colación de mi último artículo publicado en ‘La Paseata’, titulado “El amargo despertar de un sueño: réquiem por la España que conocí”, hoy día 1 de mayo, fiesta de san José obrero y de todos los que arrimamos el hombre para contribuir al sostenimiento de nuestras familias, vengo a escribir sobre un tema que llevó pensando mucho tiempo. Me refiero al sentido de la celebración del 1 de mayo, como día del trabajador -para mí todos los que con relación jurídica laboral dependiente o autónoma, no esforzamos día a día por llevar el jornal a casa-. En mis estudios primigenios de Relaciones Laborales, previos a mi licenciatura en Derecho, comprendí la enorme importancia del trabajo en la vida humana y su conexión con el mantenimiento de unos ratios fundamentales en torno a lo que modernamente se ha venido denominando “El Estado del Bienestar” -del cual podemos, igualmente, cantar el miserere mei domine-.

 

Nada de lo que he expuesto en mi introducción sobra y todo tiene un amplio significado dentro de la esfera de los valores que infundieron a algunos estados de Europa a plantearse la mutación de los antiguos Estados de Derecho liberales al surgimiento -como resultó en nuestro caso- de los Estados de Derecho Sociales, manteniéndose como en el caso de España los hitos de los primeros derechos sociales que se crearon como exigencia de necesidades básicas de las clases obreras: Seguridad Social, Mutualismo Laboral, Comités paritarios, Fuero del Trabajo, Seguro de Vejez e Invalidez, etc.

 

Todo cuanto precede constituyó el embrión de la primera Ley General de la Seguridad Social que hubo en España, aprobada mediante Decreto 907/1966, de 21 de abril, que aprobó el texto articulado primero de la Ley 193/1963, de 28 de diciembre, sobre Bases de la Seguridad Social.

 

En sede de derecho del trabajo, en el año 1973 se aprobó un texto refundido de la Ley del Procedimiento Laboral que recogía la misma regulación para el despido improcedente que deba preeminencia al trabajador, pero donde se establecía, para la fijación de la indemnización por despido, una cuantía mínima de 60 días por año trabajado, con un mínimo de seis meses a abonar y un máximo de sesenta meses en caso de que el trabajador eligiera recibir la indemnización en vez de ser reintegrado en la empresa. El empresario abonaba los salarios de tramitación generados durante el tiempo de gestión del expediente de despido

 

Y, además, con el tiempo he pensado muchas veces en la dicotomía estado liberal – estado social; pues, me he preguntado a mí mismo cómo en los tiempos en que el despido costaba un mínimo de 60 días de salario por año de servicio se mantenía una baja presión fiscal al sector privado y a la ciudadanía en comparación con la alta presión “infierno fiscal” actual.

Los autónomos pobres en el infierno fiscal

En 1980, el gobierno de Adolfo Suárez, lo rebajó a 45 días; y, en 1994, con la primera reforma laboral auténticamente liberal que llevó a cabo el gobierno de Felipe González, se rebajó “de facto” por la vía del despido objetivo a 20 días de salario en el contexto de una grave crisis económica y unas cifras de paro disparadas. Y digo liberal porque Felipe González legalizó las ETT y Agencias privadas de colocación, en contra de sus propios principios-. En 2012, se rebajó a 33 días de salario por año de servicio, y en la actualidad se mantiene por el gobierno de Sánchez.

Recuerdo una interpelación de don Blas Piñar en el Congreso de los Diputados en las que se dirigía a don Leopoldo Calvo – Sotelo clamando a los cielos que España estaba perdiendo su industria -nuestra industria- en un no sé cuáles intereses extranjeros, denunciando el desmantelamiento de la agricultura, ganadería y pesca: bases del sector primario español, que hoy está siendo pisoteado por falta de soberanía propia, e, incluso, destacando la importancia de la energía nuclear -no quiero imaginar qué hubiera dicho don Blas de haber conocido el apagón del otro día-. O las cifras del paro, que como algunos recordarán superaba 1.000.000 de españoles de aquellos años. Posteriormente, recuerdo a Rodríguez Sahagún interpelar la alta presión fiscal y el paro en uno de los primeros debates televisados en el primer gobierno de Felipe González -quien prometió 800.000 puestos de trabajo y dejó a España en 1996 técnicamente arruinada.

 

¿Qué celebramos hoy, estimados amigos y seguidores? ¿Cómo los españoles somos más pobres? ¿La desaparición de las clases medias? ¿Qué nuestros jóvenes se encuentren con cerca o más de treinta años en casa sin encontrar un empleo? ¿Qué la Seguridad Social deniegue por sistema el 95 % de las incapacidades laborales, aún en situación de enfermedades graves y limitativas? ¿La escasez de juzgados de lo Social para que los juicios laborales y de prestaciones de Seguridad Social se señalen en un plazo razonable, atendiendo al principio de celeridad que inspira el proceso judicial del orden social, señalándose juicios para el 2028? ¿Qué los sindicatos de clase se encuentren callados mientras comen de la teta del Gobierno social-comunista? ¿Qué los autónomos estén cerrando los negocios y comercios por no poder soportar las cargas fiscales? ¿Qué las clases medias no puedan ahorrar? ¿Qué la vivienda sea inasequible y de mala calidad a las nuevas generaciones de españoles? ¿Qué haya desaparecido el derecho a la propiedad privada, lo que no hay que confundir con el neocapitalismo, ya que la propiedad privada hace libre a las familias?

Estimados amigos y seguidores, como ya denuncié en mi primer acto como vocal del I Comité Ejecutivo Provincial de Vox en Sevilla, allá por septiembre de 2014, hemos pasado del “Estado del Bienestar” al “Bienestar del Estado”. Y si mantengo mi postura y no me cruzo de manos es porque todo está programado: Agenda 2030 y NOM.

 

 

 

Diego J. Romero Salado

Licenciado en Derecho y Diplomado en RRLL (Graduado Social). Programa Superior de Práctica Jurídica Forense y Asesoría Jurídica (ICIDE- centro homologado por el CGAE), obteniendo el certificado CAP (Consejo General de la Abogacía Española). Máster en Mediación Familiar, acreditación oficial homologada por la Junta de Andalucía e impartida por el ICIDE. Postgrado en Mediación Civil y Mercantil por la Universidad CEU San Pablo. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (Especialidades en Seguridad en el Trabajo y Ergonomía y Psicosociología Aplicada). Medalla de plata al mérito profesional otorgada por el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla y colectiva al Mérito al Trabajo, categoría de oro. Letrado del turno de oficio del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla. Graduado Social colegiado del Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla y vocal del consejo de redacción de la revista 'Justicia Social' del referido colegio. Tutor-colaborador de prácticas externas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla desde 2010, colaborando con los departamentos de Derecho Civil y Penal y Procesal en la impartición del practicum.

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